SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0904/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
II.6.
II.6. Por Auto de 26 de mayo de 2006 (fs. 7 vta. a 8), los Jueces recurridos rechazaron una nueva solicitud de cesación presentada por el recurrente fundada en el art. 239 inc. 1) del CPP con los siguientes argumentos: si bien se acreditó que el recurrente tiene una familia constituida, así como un domicilio; presentó un contrato de trabajo como sereno sin estar visado por la Dirección Departamental del Trabajo, además que el Tribunal Constitucional estableció que para la acreditación de una fuente de trabajo debe existir habitualidad anterior y posterior a la detención preventiva, resultando que el nuevo contrato fue elaborado sólo para la audiencia. Por otro lado, respecto al peligro de obstaculización, el recurrente no es la única persona acusada, pues existen tres encausados que son de su entorno familiar; consecuentemente, al salir en libertad, se corre el riesgo de obstaculización a la averiguación a la verdad.