Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0909/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
II.2.
II.2. El 12 de julio de 2005, el Tribunal Arbitral mediante Laudo Arbitral declaró probada la demanda interpuesta por la Cooperativa “La Merced” Ltda. contra Fortaleza Seguros y Reaseguros S.A. (ex Cruceña S.A. de Seguros y Reaseguros) y el reconocimiento del derecho de la Cooperativa demandante a la cobertura de un siniestro (atraco) ocurrido el 1 de septiembre de 2003, en su agencia ubicada en Pailón, cubierta por la póliza DDD con registro 113-910904-1999 II 009 y disponiendo el pago de las sumas señaladas en ella (fs. 14 a 37).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza, por cuanto del cumplimiento de los mismos depende que tanto el Tribunal de amparo como este Tribunal, en revisión, puedan compulsar sobre la base de criterios objetivos, la legitimación de las partes, así como la veracidad de los hechos reclamados y los derechos vulnerados
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
- III.2.
- APROBAR