SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0947/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0947/2006-R

Fecha: 26-Sep-2006

II.1.

II.1.    Según lo aseverado por Grethel Rodríguez Cortéz -ahora recurrente- tanto en la demanda de amparo como en la audiencia pública, no desvirtuado por la autoridad recurrida, aquélla trabajó en la Prefectura del Departamento,  en el cargo de Secretaria desde el año 1997 hasta el 30 de julio de 2005, primero figurando en las planillas y luego a través de contratos por 89 días, los que se fueron renovando regularmente cada 89 días hasta el 30 de julio del año 2005 (fs. 3 a 4 y 24).

            Situación que también se evidencia del informe emitido por el representante de la autoridad recurrida (fs. 24) quien aseveró lo siguiente:”La señora indica que ha reiterado su reincorporación pero, recién en el mes de octubre solicita cuando ya ha nacido el bebe es cosa muy diferente, al respecto se trata cuando la solicitante haya solicitado a momento de la gestación no cuando nació el hijo” (sic); infiriéndose de ello, que la recurrente trabajaba en la Prefectura en el momento de la gestación y que -a decir del representante de la autoridad recurrida- no hizo ningún reclamo respecto de su reincorporación, en esa oportunidad.