AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2007-RCA
Fecha: 05-Ene-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 054/2006, de 19 de septiembre, cursante de fs. 151 a 152, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Iván Azurduy Carranza en representación de Oscar Garnica Rodriguez contra Isac Pimentel Rosas, Comandante General de la Policía Nacional y Guido Arandia Mendivil, Juan Carlos Borda Arce, Elmer Pardo Céspedes, Rolando Caballero Román y José Luis Ramallo Centeno, Presidente y Vocales del Tribunal Disciplinario de la Policía Nacional, por haber vulnerado el derecho de su representado a la seguridad jurídica, al trabajo, a la seguridad social, a la defensa y a la garantía al debido proceso, previstos por los arts. 7 incs. a), d) y K) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- la inmediatez no sólo debe ser entendida como la no interposición del recurso de amparo constitucional dentro del plazo de seis meses
- los razonamientos de las resoluciones constitucionales pueden ser aplicados en los procesos que están en curso
- Fragmento 9
- 1 de diciembre de 2003
- si en ese tiempo el agraviado no presenta ningún reclamo implica que no tiene interés alguno en que sus derechos y garantías le sean restituidos”
- APROBAR