AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2007-RCA

Fecha: 24-Ene-2007

I. ANTECEDENTES DEL RECURSO

Por memorial presentado el 4 de octubre de 2006, cursante de fs. 52 a 54, los recurrentes señalan que por memorandos 266/2001, 153/2000, 226/1998, 060/2001, 346/2002, 124/2001, 131/2002 y 404/2002 fueron designados funcionarios de SETAR S.A.; empero, por memorandos 036/2006, 024/2006, 025/2006, 026/2006, 027/2006, 031/2006 expedidos por el recurrido Gerente General, Luis Paz Ide y, 007/2006 y 009/2006 emitidos por Carlos Zamora Rotuno, Gerente General a.i., se les agradeció por los servicios prestados a la institución.

Agregan que, SETAR S.A. es una sociedad anónima conformada por un Directorio de acuerdo con lo previsto por el art. 307 del Código de Comercio (Ccom), conformado por un mínimo de tres miembros accionistas o no, designados por el voto de la mayoría absoluta de los accionistas presentes y/o representados en la junta de accionistas; Directorio que de acuerdo con lo previsto por el art. 55 inc. g) de los Estatutos de SETAR S.A. tiene entre sus atribuciones designar al Gerente General, autoridad cuyas facultades están especificadas en el art. 285 del Ccom a diferencia de las atribuciones de la junta extraordinaria que se hallan señaladas en el art. 41 del ya mencionado Estatuto, entre las que se advierte que carece de competencia para designar al Gerente General de la Sociedad; empero, en la Resolución Prefectural 110/2006 de 6 de abril, se señaló que: “(…) en reunión de la junta general extraordinaria de la empresa de accionistas (…) por decisión unánime de los socios se delega a Prefecto y Comandante del Departamento de Tarija Dr. Mario Adel Cossío Cortez para que en el día oficialice el agradecimiento de servicios del Gerente General de la empresa de Servicios Eléctricos de Tarija S.A., Lic. Manuel Antonio Narváez Ramos, mediante una Resolución Prefectural expresa y la designación del nuevo Gerente General de la empresa Ing. Luis Sebastián Paz Ide mediante Resolución Prefectural (…)” (sic), de lo que evidencia que la designación del Gerente General, Luis Sebastián Paz Ide, es ilegal y violatoria al Código de Comercio, los Estatutos de SETAR S.A. y a la Resolución de Directorio 14/2001 que expresamente señala: “A partir de la fecha quedan suspendidos los despidos de los trabajadores sin previo proceso administrativo y/o juicio penal según la gravedad de la falta en la que incurra. Para el efecto el Gerente General de la empresa deberá disponer la conformación del Tribunal Administrativo de apelación en el plazo de 15 días, de acuerdo a normas vigentes”, por lo que recurren de amparo pidiendo se conceda el recurso y se deje sin efecto la designación y los actos del Luis Sebastián Paz Ide, Gerente General, así como de Carlos Zamora Rotuno, Gerente General a.i. ordenando la inmediata restitución a sus fuentes laborales, con costas procesales, pago de daños y perjuicios.