SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2007-R

Fecha: 26-Ene-2007

II.2.

II.2.  Mediante RA 05-60-04, de 24 de noviembre de 2004, emitida por el Gerente Distrital de Oruro del SIN, hoy recurrido, como emergencia de la verificación externa a las solicitudes de CEDEMI`s realizadas por los períodos febrero, marzo y abril de 2003, por la sociedad 'ACM Minería y Metalurgia Ltda.', por intermedio de su Gerente y representante legal, ahora recurrente Marco Antonio Campos Parrilla, la Administración Tributaria determinó de oficio la suma de UFV`s 22584.- (veinte dos mil quinientos ochenta y cuatro Unidades de Fomento a la Vivienda) correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, indebidamente devuelto, disponiendo que una vez cancelado el monto, la sociedad representada por el hoy recurrente, presente copias de las boletas respectivas (fs. 119 a 121).