SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0776/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0776/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

II.4.

II.4.  En virtud del Auto de 19 de enero de 2006, el 24 del indicado mes,  se efectuó nueva liquidación descontando del total liquidado la suma de Bs8844.77.- (ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro con 77/100 bolivianos) dispuesto en el Auto de 4 de enero de 2006, adeudando el obligado la suma de Bs15 075,23.-(quince mil setenta y cinco con 23/100) (fs. 35). Por decreto de la misma fecha se ordenó que el recurrente cancele la suma liquidada dentro de tercero día de su legal notificación (fs. 35 vta.). Conforme consta de la diligencia de notificación cursante a fs. 36 de obrados el recurrente fue notificado en el domicilio procesal fijado, el 25 de enero de 2006 (fs. 36).