Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0776/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
II.9.
A fs. 9 vta. cursa la providencia de la fecha, a través de la cual la autoridad judicial recurrida ordena se pague el monto a tercero día de su notificación, habiendo el obligado ahora recurrente sido notificado en su domicilio procesal fijado en la calle Jordán 636, oficina 2 en presencia de testigo, el 30 de mayo de 2007 (fs. 10).