SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
III. F
El recurrente solicita tutela de los derechos de su representada a la vida, a la salud, a la seguridad jurídica, al trabajo, a la justa remuneración y a la seguridad social, consagrados por el art. 7 incs. a), d), j) y k) de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas puesto que mientras su representada se encontraba haciendo uso de su baja postnatal, mediante memorando RRHH-MDI-007-2006, el Ministro recurrido la cambió del cargo de Director II de la Dirección de Comunicación Social al de Analista I de Asesoría de Comunicación Social, reduciendo su salario a Bs9.000.- justificando dicha determinación en un supuesto proceso de reestructuración de ese despacho, situación ante la cual su representada presentó reclamo ante el Ministro recurrido solicitando que se subsanen esos cambios indebidos, reclamo que fue ignorado; posteriormente, se dirigió al Jefe de la Unidad de Administración correcurrido, a quien le manifestó que se podrían llegar a negociar las condiciones de su estadía en ese Ministerio; por otra parte, el Defensor del Pueblo efectuó una gestión ante la Jefatura Administrativa, habiendo efectuado el correcurrido aseveraciones en cuanto al grado de confianza de la trabajadora y su ideología; en ese sentido, hasta la fecha de interposición del presente recurso, no fue restituida a su anterior cargo, manteniéndose la rebaja salarial, existiendo una efectiva vulneración de los derechos invocados tanto de su representada como de su hija. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la representada del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.