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    AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2007-RCA

    Fecha: 12-Dic-2007

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    • recurso de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • “rechazó in límine”
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • cuando las vías ordinarias existentes no son las adecuadas para la protección del derecho presuntamente vulnerado, y más bien se constituyen en un obstáculo para acceder a la tutela brindada por el amparo constitucional; dado que si bien el principio de subsidiariedad responde a la idea de que la lesión a los derechos fundamentales están llamados a ser reparados por los órganos jurisdiccionales o administrativos comunes, y sólo en su defecto, por la jurisdicción constitucional
    • actos ilegales denunciados en el presente recurso, se refieren a supuestas lesiones al debido proceso cometidas en el proceso administrativo iniciado en su contra, cuya reparación no será objeto de dicha jurisdicción,
    • la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior
    • I.-
    • Fragmento 10
    • II.4. De la terminología empleada por el Tribunal de amparo

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