AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

“rechazó in límine”

Mediante Resolución de 10 de agosto de 2007, cursante a fs. 35 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, se “rechazó in límine el recurso interpuesto, con el argumento de que en consideración a la naturaleza subsidiaria del recurso de amparo constitucional y la jurisprudencia constitucional, el recurrente debió acudir a la cobertura jurídica de la Ley General del Trabajo y su Reglamento, en vista a que este recurso no es sustitutivo y que para su procedencia es necesario agotar las vías legales previas que la Ley reconoce a las partes, antes de acudir a la jurisdicción constitucional, situación que en el caso de autos no se presenta.