I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
Ante la ausencia forzosa de cuatro Magistrados del Tribunal Constitucional, al haber sido convocados al Congreso Nacional, los plazos procesales fueron suspendidos por primera vez por Acta del Pleno 004/2007 el 20 de agosto, siendo reiniciados por Acta del Pleno 27/2007 el 12 de septiembre; posteriormente, ante una nueva convocatoria de los Magistrados de este Tribunal por parte del Congreso Nacional, los plazos fueron nuevamente suspendidos por Acta Extraordinaria 01/2007 de 14 de septiembre a partir del 17 del mismo mes, siendo reanudados por disposición del Pleno Jurisdiccional de 24 de septiembre de 2007. Por disposición del Acta del Pleno extraordinario 3/2007, los plazos nuevamente fueron suspendidos, habiéndose procedido a la reanudación de los mismos a partir del 4 de diciembre de 2007, en atención a lo determinado en la Sesión Ordinaria del Pleno Jurisdiccional de 3 de diciembre del mismo año. Por tanto, el presente Auto Constitucional se dicta dentro del plazo legal establecido.
- consulta
- EN FORMA EXCEPCIONAL
- I.2. Respuesta al recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- 3.
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
- el Auto motivado al que hace referencia el art. 62.2 de la LTC,
- inobservancia legal
- se activa
- admitir el incidente
- es una acción de puro derecho
