admitió
Por Resolución 87/07 de 22 de septiembre de 2007, la Jueza Segunda del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, admitió el incidente argumentando la existencia de una duda razonable respecto de la validez constitucional de la disposición cuestionada, siendo competencia del Tribunal Constitucional pronunciarse respecto de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- admitió
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y oportunidad para interponer el incidente de inconstitucionalidad
- deben ser cumplidos por el juez o tribunal judicial o administrativo que promueve el recurso
- antes de la ejecutoria de la sentencia
- II.3. Análisis del caso de autos
- luego del cumplimiento del Auto Supremo 244,
