AUTO CONSTITUCIONAL 475/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 475/2007-CA

Fecha: 07-Dic-2007

II.3.  Análisis del caso de autos

En el caso en examen, el incidentista solicita se promueva el presente recurso al considerar que la norma cuestionada es una concesión, un fuero a favor de las agencias y gobiernos extranjeros “(…) existiendo un proceso judicial dentro del que se puede promover la acción y demostrando que el Decreto Nº 8270 en su Art. 4to, de cuya constitucionalidad se duda, tiene que ser aplicada a una decisión final dentro de un proceso laboral, como es la EJECUCIÓN DE FALLOS y tratando de que esa norma no se aplique al caso, por ser considerada inconstitucional (…)”, ya que el “(…) Auto Supremo aun no ha sido ejecutado, por tanto la DECISIÓN PENDIENTE que solicita como requisito el art. 59 de la ley 1836 del Tribunal Constitucional, esta referido al cumplimiento del Auto Supremo Nº 244 dentro de éste caso de autos, el mismo que tienen como UNICO FUNDAMENTO, el art. 4 del Decreto Nº 8270, NORMA QUE AHORA ES CUESTIONADA POR SU MANIFIESTA INCONSTITUCIONALIDAD”(sic).