Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
I.2.1. Ratificación del recurso
Con la réplica indicó que su cliente no fue notificado con la demanda ejecutiva ni Auto intimatorio de pago y el mandamiento de embargo se ejecutó a deshoras, el día lunes cuando el Poder Judicial entró en vacación colectiva, quedando su defendido perjudicado por ese receso, lo que le impide utilizar recurso alguno y determina que no exista el principio de subsidiariedad. El tractor lo compró para su trabajo por lo que fue secuestrado indebidamente por el Oficial de Diligencias recurrido, al haberse ejecutado ilegalmente esa medida. Por lo expuesto pidió la entrega inmediata del tractor por parte de la depositaria y se dejen sin efecto los mandamientos de embargo y secuestro.