SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
II.3.
II.3. Por requerimiento presentado el 16 de junio de 2007, a horas 15:20, la Fiscal de Materia recurrida imputó formalmente al ahora recurrente y otros implicados, por los delitos de asociación delictuosa y robo agravado en grado de tentativa, con el argumento de haber sido encontrados preparándose para robar la Casa de Cambios “Horacio” que habían previsto efectuar minutos después de la intervención de la Policía, además de haber sido sorprendidos en posesión de armas de fuego cargadas, listas para disparar; actos idóneos e inequívocos que fueron corroborados por las declaraciones de los implicados, por lo que solicitó la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, justificada por tratarse de delitos de acción pública sancionados con pena privativa de libertad, cuyo máximo legal es superior a tres años, existir elementos de convicción suficientes para sostener que son con probabilidad autores o partícipes del delito, riesgo de fuga y peligro de obstaculización de averiguación de la verdad, a cuyo efecto el Juez de Instrucción cautelar señaló audiencia para el 17 de junio de 2007 (fs. 12 a 16).