Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional.
Mediante circular 07/2007, se reanudó los plazos a partir del 24 de septiembre, los mismos que por Acta 3/2007, fueron suspendidos a partir del 4 de octubre de 2007. Por Acta extraordinaria de 3 de diciembre, el pleno de este Tribunal determinó la reanudación de los plazos procesales a partir del 4 de diciembre de 2007, siendo la nueva fecha de vencimiento el 19 de diciembre de 2007, por lo que la presente sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- , y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus, garantía que podrá ser utilizada sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas
- APROBAR