Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
II.3.
II.3. En mérito a la solicitud de la parte imputada en sentido de que se modifiquen las medidas sustitutivas impuestas y del querellante que impetró su revocatoria, el 8 de agosto de 2007, la autoridad jurisdiccional recurrida llevó a efecto la audiencia para su consideración, emitiendo la Resolución 326/07 de 8 de agosto de 2007, a través de la cual rechazó la modificación y ante el incumplimiento de la fianza económica impuesta dispuso la revocatoria de la Resolución 180/07 de 22 de mayo de 2007, disponiendo la detención preventiva del representado de la recurrente (fs. 28 a 33).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- , y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus, garantía que podrá ser utilizada sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas
- APROBAR