SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2007-R
Fecha: 10-Dic-2007
II.8.
II.8. Por Auto de 8 de junio de 2007, el Juez demandado ordenó la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de Herminia Condori “Felipez” por desobediencia a la autoridad, ante el incumplimiento a la exhibición y entrega de la totalidad de los bienes muebles detallados en el acta de embargo de 14 de marzo de 2001. Asimismo refirió que en virtud al informe de 28 de julio de 2004, realizado por el Oficial de Diligencias, el Juez Quinto de Partido en lo Civil en suplencia del suscrito ordenó apremio contra la ejecutada el cual fue entregado según informe del referido funcionario a la Gobernadora de la cárcel de San Sebastián Mujeres en virtud de que la depositaria se encontraba recluida en dicho recinto. Finalmente señaló no existir prueba alguna de que el mandamiento fue ejecutado, sin embargo, en mérito a lo expuesto por la depositaria en el memorial que antecede corresponde obrar conforme a la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional (fs. 9 vta.).