SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0831/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0831/2007-R

Fecha: 10-Dic-2007

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

El Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial señaló que se ratificó in extenso en los términos del Auto de Vista “8706” de 8 de febrero de 2006 dictado dentro del proceso ejecutivo seguido por Walter Salas contra Primitiva Toribia Mendoza Benitez, mediante el cual anuló obrados por las razones en él expuestas, señalando que le extraña que a falta de recursos ulteriores, el recurrente hubiera interpuesto el presente amparo constitucional como si se tratara de una instancia más.

Respondiendo la consulta efectuada por el Tribunal de amparo constitucional, señaló que la apelación que se interpuso y le correspondió conocer fue contra el rechazo de un incidente de falsedad de notificación, el cual era la base por la cual se pedía la nulidad de notificación, y si bien se señalaron los domicilios en forma expresa de la deudora o coactivada dentro del proceso ejecutivo, a tiempo de formalizar la demanda, se señaló un nuevo domicilio en una parada de trufis sin señalar la numeración, si no un puesto de venta.