Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2007-R
Fecha: 10-Dic-2007
II.3.
II.3. Por nota de 17 de mayo de 2006, la recurrente reclamó a la Directora Administrativa del Ministerio de Producción y Microempresa recurrida, Amparo Zeballos Borda, que recibió la instrucción verbal de que a partir del 15 de mayo de 2006 desempeñaría las labores de atención de la central telefónica, recordándole que goza de inamovilidad funcional por su estado de embarazo (fs. 10). Ante la falta de respuesta, reclamó ese extremo a la también recurrida Ministra de Producción y Microempresa, Celinda Sosa “Luna”, mediante oficio de 9 de junio de 2006 (fs. 11).