Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2007-R
Fecha: 10-Dic-2007
II.7.
II.7. La certificación sin fecha emitida por la Jefa de la Unidad Financiera del Ministerio de Producción y Microempresa acredita que el cargo de capacitación y promoción turística ya no existe y que el ítem 93 corresponde al cargo de recepcionista con un sueldo mensual de Bs1100.- (mil cien bolivianos) (fs. 132). Por certificación sin fecha, la misma Jefatura certificó que Gilda Guzmán Daza por su estado de gestación goza de beneficio prenatal (fs. 133).