SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0860/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El pleno del Tribunal Constitucional, mediante acta 004/2007 de 20 de agosto, determinó la suspensión general de los plazos procesales, que fueron reanudados el 12 de septiembre por acta extraordinaria de la misma fecha, volviéndose a suspender a partir del 17 de septiembre, por acta extraordinaria 01/2007 de 14 de septiembre.
Mediante circular 07/2007, se reanudaron los plazos a partir del 24 de septiembre, los mismos que por acta 3/2007, fueron suspendidos a partir del 4 de octubre de 2007. Por acta extraordinaria de 3 de diciembre de 2007, el Pleno de este Tribunal determinó la reanudación de los plazos procesales a partir del 4 de diciembre de 2007, siendo la nueva fecha de vencimiento el 9 de enero de 2008, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Particulares recurridos y petitorio
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos
- III.4.
- “conceder
- APROBAR