SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0860/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
procedente
El Tribunal de amparo dictó Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo la nulidad de las resoluciones dictadas en la Comunidad de Hussi, ordenando la restitución inmediata del recurrente y su familia al ejercicio de su derecho propietario. Como fundamentos se señalan: 1) Es sorprendente que la asamblea, una organización sindical resuelva expulsar de la comunidad a un ciudadano y su familia, con desconocimiento absoluto de los derechos constitucionales vigentes en Bolivia; 2) El recurrente ha justificado que fue víctima a sus derechos a la vida, al trabajo y al debido proceso.
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada se encuentra dentro las previsiones y alcances del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías constitucionales, salvando lo expresado en el Fundamento Jurídico anterior, al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Particulares recurridos y petitorio
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos
- III.4.
- “conceder
- APROBAR