AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2007-RCA

Fecha: 06-Feb-2007

Fragmento 1

En revisión la Resolución 429/2006, de 12 de octubre, cursante a fs. 31 y vta. de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Raúl Fernando Loayza Millán en representación de la Cooperativa Educacional Loretto Ltda. (CECOL Ltda.) contra Alfredo Chávez Pérez y Velia A. Guachalla Novillo, Vocales de la Sala Civil Segunda de dicha Corte, alegando como vulnerados el derecho a la defensa y la garantía al debido proceso de la entidad a la que representa, previstos por los arts. 16, 34, 116.IV, 121, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).