SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2007-R

Fecha: 06-Feb-2007

“ 2.

El Tribunal Constitucional en la SC 0711/2006-R, de 21 de julio de 2006, estableció que: “(…)  esta causal de improcedencia exige que los supuestos actos ilegales hayan sido consentidos libre y expresamente, lo que significa que la voluntad de consentir el acto, por un lado, no debe haber sido fruto de presión física o moral alguna, y por otro, que debe manifestarse en forma inequívoca, a través de palabras u otros signos exteriores que denoten la voluntad de consentir el acto ilegal, impugnado a través del amparo constitucional”.