SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2007-R

Fecha: 06-Feb-2007

1)

El recurrente ratificó los términos de su demanda, y agregó que: 1) los recurridos se apoyaron en el Instructivo FIR GTPFV01022, que no puede ser aplicado frente a lo que dice el art. 32 del DS 27310, que determina que para cualquier control o verificación se debe notificar al sujeto pasivo; 2) el 4 de abril de 2006 se apersonaron a la empresa que representa, representantes del SIN para sacar un backup de la computadora y exigir documentación, sin que se inicie ningún procedimiento legal administrativo; 3) recién el 6 de abril de 2006 se pretendió notificar a Industrias “Potosí Ltda.”, con una orden de verificación y fiscalización.