Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2007-R
Fecha: 06-Feb-2007
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, en revisión, APRUEBA la Sentencia de 28 de marzo de 2006, cursante de fs. 68 vta. a 69, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y; modifica en lo que respecta a la exoneración del pago de daños y perjuicios dispuesta a los recurridos, quienes previa averiguación deberán pagar por ese concepto de acuerdo al cálculo que efectúe el Tribunal de origen.