SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0049/2007-R
Fecha: 06-Feb-2007
concedió
La Sentencia de 28 de marzo de 2006, cursante de fs. 68 vta. a 69, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concedió el recurso y dispuso el desapoderamiento o desocupación de los referidos terrenos con el auxilio de la fuerza pública sin lugar al pago de daños y perjuicios con los siguientes fundamentos: 1) el derecho propietario de la recurrente fue debidamente demostrado, así como la ocupación anómala de los mismos por parte de los recurridos y la existencia de una denuncia e investigación al respecto, encabezada por el Ministerio Público; 2) la tutela inmediata que brinda el recurso de amparo constitucional procede en casos en los que como el presente, se debe evitar con prontitud el daño que se podría ocasionar por el transcurso del tiempo, en aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad del recurso de amparo; 3) en el caso se evidencia una invasión irregular de personas hacia la propiedad privada protegida por art. 7 inc. i) de la CPE, lo que constituye una violación al derecho a la propiedad y a la seguridad jurídica, y el dejar que las cosas sigan adelante ocasionaría un daño irreparable, tanto para la recurrente como para los recurridos, dado que se realizarían construcciones y mejoras.