Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0057/2007-R
Fecha: 08-Feb-2007
improcedente
La Resolución 71/2006, de 15 de diciembre, cursante de fs. 34 a 35 vta., declaró improcedente el recurso, bajo el argumento de que la recurrente se ha sometido a la ejecución del referido fallo, pues solicitó la suspensión condicional de la pena y difiere en el trámite la calificación del daño civil en ejecución de fallo, de donde se infiere que no dio cumplimiento al principio de inmediatez de los seis meses.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3.
- APROBAR