Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2007-R
Fecha: 12-Feb-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Sentencia de 29 de marzo de 2006, cursante de fs. 31 a 33 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba y en consecuencia, declara la IMPROCEDENCIA del recurso presentado.