Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2007-RCA
Fecha: 13-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 752/2006, de 22 de noviembre, cursante a fs. 44 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Saturnino Aduviri Álvarez contra Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Blanca Alarcón de Villarroel, Vocales de la Sala Penal Tercera de la misma Corte; por la supuesta vulneración a la garantía del debido proceso y al principio de inocencia, invocando al efecto el art. 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. Requisitos de admisibilidad de contenido del recurso de amparo
- II.3.1.
- que los terceros que puedan ser afectados en sus derechos o intereses legítimos deban ser notificados con la admisión del recurso
- e) En etapa de admisión, si se advierte esta omisión, corresponde aplicar el art. 98 de la LTC, concediendo plazo para su subsanación, y en caso de ser incumplido, da lugar al rechazo del recurso; y
- 2º Disponer