AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2007-RCA
Fecha: 19-Mar-2007
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes alegan que en ejecución del proceso coactivo civil iniciado por el Banco Nacional de Bolivia contra sus poderdantes, se dispuso el remate del bien inmueble otorgado en garantía, pero al no haberse presentado ningún interesado, previo descuento de ley se convocó a una segunda audiencia a la que tampoco asistieron postores, por lo que al haberse presentado un único postor en la tercera audiencia de remate, el bien fue adjudicado a éste sin considerar que la subasta es la venta pública que se efectúa a través de la puja, pero al mejor postor y no al único interesado. En consecuencia, en revisión, corresponde analizar si en el presente caso concurren o no las causales de rechazo del recurso de amparo constitucional argumentadas por el Tribunal de amparo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- antes de ingresar a analizar
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- esta objeción
- 1º APROBAR
- 2º Recomendar