AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2007-RCA
Fecha: 23-Mar-2007
II.
El recurrente indica que la autoridad recurrida vulneró sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, al acceso a la justicia y la garantía del debido proceso, toda vez que pese a que solicitó en varias oportunidades la presentación de la Letra de Cambio original dentro del proceso ejecutivo que se le sigue en base a dicho documento, se dicto Resolución indicando que no habría probado la excepción de inhabilidad del título ejecutivo al no cumplirse con la carga de la prueba, no obstante que fue el Juez quien le privó de demostrar que dicho documento fue adulterado, al cerrar el término probatorio sin obligar al demandante a que presente la Letra de Cambio original. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurren o no las causales de improcedencia motivados por el Tribunal de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- II.
- 1.
- que no hubiere otro medio o recurso legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- inmediatez
- II.3. Análisis de la problemática venida en revisión
- sobre las excepciones opuestas como medio de defensa legal
- APROBAR