Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2007-RCA
Fecha: 23-Mar-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 008, de 12 de enero de 2007, cursante de fs. 477 a 478 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Lening Bernal Vallejos contra Oscar Jesús Menacho Angeleri, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, por la supuesta vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, de acceso a la justicia y la garantía del debido proceso, invocando al efecto los arts. 6, 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- II.
- 1.
- que no hubiere otro medio o recurso legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- inmediatez
- II.3. Análisis de la problemática venida en revisión
- sobre las excepciones opuestas como medio de defensa legal
- APROBAR