Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0103/2007-RCA
Fecha: 27-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 96/2006, de 22 de diciembre, cursante a fs. 39 y vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por José Miguel Santalla Sandoval, en representación legal de la Aduana Nacional contra Luís Fernando Urquieta Arias, Director Distrital a.i. del Consejo de la Judicatura - La Paz; por la supuesta vulneración del derecho a la seguridad jurídica, previsto en el art. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- improcedencia
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- naturaleza subsidiaria
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- APROBAR