AUTO CONSTITUCIONAL 0103/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0103/2007-RCA

Fecha: 27-Mar-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente señala que la autoridad recurrida ha vulnerado el derecho a la seguridad jurídica de la entidad que representa, toda vez que pese a que mediante orden judicial se dispuso la emisión de duplicados y el pago de los depósitos judiciales 12253, 11650 y 10792 provenientes de subastas y remates dentro de un proceso penal aduanero, la misma no se hizo efectiva con el argumento de que se estaría investigando en la vía penal la sustracción de dichos depósitos. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no los supuestos de improcedencia motivados por el tribunal de amparo constitucional.