SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0098/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, sostiene que se han vulnerado sus derechos a la dignidad, seguridad jurídica, al debido proceso y a la defensa, por parte de los recurridos, quienes son propietarios del inmueble que actualmente ocupa con su familia, en calidad de inquilino; y al haberse cumplido el término del contrato de arrendamiento sin haberle pedido la desocupación del mismo, se ha operado tácita reconducción, ampliándose el plazo del arrendamiento por un término similar al pactado. Sin embargo, cuando en su vivienda únicamente se encontraba su hijo de 11 años de edad, los propietarios del inmueble se hicieron presentes en compañía de otras personas, procediendo a derribar la barda y el portón de ingreso, haciendo entrar a albañiles los que se encuentran a la fecha; acciones ejercidas con la intención de desalojarlo por la fuerza, sin utilizar la vía legal respectiva. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 19 de la CPE.