Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2007-R
Fecha: 06-Mar-2007
concedido en parte
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal del recurso al haber concedido en parte el amparo, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- a)
- concediendo en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el retiro de la demanda en contra del particular recurrido
- III.2. El derecho de petición
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.4. Los otros derechos fundamentales invocados
- concedido en parte
- APROBAR