SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2007-R
Fecha: 06-Mar-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 4 de abril de 2006, cursante de fs. 41 a 45, la recurrente asevera que el Banco de Crédito de Bolivia S.A., inició un proceso coactivo contra Carlos Guillermo Veltzé Bejarano y María Beatriz Landívar Olmos, para el cobro de $us17 500.- (diecisiete mil quinientos dólares estadounidenses), en cuyo mérito, se dictó la Sentencia 427/2001, de 14 de septiembre. Desarrollado el trámite, se le notificó con un desapoderamiento, por lo que dedujo oposición que fue rechazada por el Juez recurrido mediante Resolución 205/2006, de 15 de febrero, que ordenó la emisión de mandamiento de desapoderamiento sin dar plazo alguno, sin que la Resolución se encuentre ejecutoriada, pues no se le notificó en forma personal como lo estableció el Tribunal Constitucional, sino en su domicilio procesal; diligencia que fue practicada el 8 de marzo de 2006, es decir, al día siguiente de haberse librado el mandamiento de desapoderamiento, lo que implica que fue elaborado antes de ser notificadas las partes. Es así, que de forma inmediata solicitó se deje sin efecto el mandamiento, disponiendo el Juez el traslado de su pretensión, constando en obrados el informe de la Oficial de Diligencias en sentido de que el mandamiento fue ejecutado.
El 16 de marzo de 2006, dentro del plazo legal, presentó recurso de apelación contra el Auto 205/2006, solicitando nuevamente el 22 de marzo de 2006, se deje sin efecto el mandamiento en razón de la apelación planteada; sin embargo, el 1 de abril de 2006 nuevamente se intentó hacer efectivo el mandamiento, pese a existir una apelación pendiente de resolución, afectando sus derechos, pues tiene ganado un proceso ordinario de usucapión mediante Sentencia 286, de 8 de octubre de 2002, dictada por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, que la declaró propietaria del inmueble en cuestión, decisión que se encuentra ejecutoriada por decreto de 19 de mayo de 2005; aclarando que el Banco de Crédito de Bolivia S.A. ha tratado de impedir la inscripción de su derecho propietario, pues el proceso de usucapión tiene la característica de prescripción universal; antecedentes que fueron omitidos por el Juez recurrido, librando un mandamiento de desapoderamiento de forma ilegal e injusta que pone en peligro su propiedad privada, por lo que ante los actos ilegales, interpone el presente recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APROBAR