SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0177/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0177/2007-R

Fecha: 23-Mar-2007

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Julio Rojas Delgadillo, Subcomandante Departamental de la Policía, a fs. 16, informó que el 14 de diciembre de 2006 aproximadamente a horas 20:30, en circunstancias en que se encontraban resguardando el frontis de la Prefectura, un grupo de manifestantes se concentraron en el lugar para insultar al Comandante Departamental de la Policía y lanzar objetos contra su integridad física y el edificio de la Prefectura.

En respuesta a los insultos y agresiones que recibieron, se dirigieron hacia los manifestantes que se encontraban en el lugar con la finalidad de despejar la plaza y desalojar a quienes estaban agrediendo y molestando a toda persona que pasaba por el lugar, como a un ciudadano que después de ser agredido físicamente fue auxiliado por funcionarios policiales.

Agregó que en el momento en que insinuó a una persona a que se retirara, observó que otro ciudadano incitaba a la violencia y realizaba actos para exaltar a las personas que se encontraban en el lugar, razón por la cual le pidió el favor de que guardara compostura y se retirara, recibiendo una respuesta agresiva, a la que no prestó atención por la situación en la que se encontraban; posteriormente, se dirigió a la puerta de ingreso del Comando Departamental de la Policía, donde vio nuevamente al mismo ciudadano que seguía discutiendo con efectivos policiales por lo que regresó y le incitó a que lo acompañara a su oficina, quien en el trayecto seguía con su actitud agresiva vociferando una serie de insultos, por lo que le pidió que bajara el tono de su voz y que dejara de insultar; para evitar mayores problemas, ordenó el traslado del ciudadano a la oficina de Conciliación Ciudadana de la av. Heroínas, donde recién se identificó como Juez de Sacaba, por lo que consideraron su situación, y simplemente se le tomó sus generales de ley y se retiró del lugar; aclarando, que en ningún momento fue detenido, perseguido y menos agredido.

En la audiencia, afirmó que recién conoció al recurrente y que no tenía ningún motivo para perseguirlo; y, que su conducta siempre fue de respeto a las personas, por lo que incluso le pidió disculpas por teléfono, porque al día siguiente se hizo presente en el Comando Departamental de la Policía con un personero de Derechos Humanos. Por último, expresó que si bien el recurrente fue conducido a una Comisaría Policial, no estuvo arrestado ni detenido, tan es así que en los libros de arresto no se consignan sus datos.