SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0188/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0188/2007-R

Fecha: 26-Mar-2007

I.2.1.

El abogado de los recurrentes ratificó los fundamentos del recurso, añadiendo que  la “SC 0012/2006” señala que la gravedad no debe ser un fundamento para mantener la detención. La Jueza recurrida no obstante haber reconocido que los imputados tienen domicilio legalmente establecido en el país, tienen una familia constituida legalmente y trabajo, rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva, con el argumento que pueden influir en testigos y terceras personas, sin embargo, desde el momento de la investigación han transcurrido tres meses y no se ha ampliado la imputación contra terceras personas, y no se ha realizado la investigación correspondiente.