Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0195/2007-R
Fecha: 27-Mar-2007
denegó
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional denegó la tutela solicitada por cuanto sobre la base de todos los antecedentes advirtió que el recurrente asumió defensa irrestricta en el proceso que se le instauró por el delito de deserción que importa abandono de servicio en época de paz y falta de incorporación luego de licencia o comisión previstos por los arts. 125 y 126 inc. 1) del CPPM, llegando a convalidar los mismos al no haber hecho observación oportuna a través de su defensa técnica, de donde deducen que en el referido juicio se observó todos los componentes relacionados con el debido proceso.