Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 004/2006 de 24 de abril, cursante de fs. 51 a 53, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, sin lugar a la multa impuesta.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- APROBAR