SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
improcedente
Por Resolución 004/2006 de 24 de abril, cursante de fs. 51 a 53, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró improcedente el recurso, con imposición de multa de Bs500.- (quinientos bolivianos) y costas, con los siguientes fundamentos: a) La recurrente no agotó la vía administrativa en reclamo de la asignación de su ítem a otra persona, no siendo el amparo constitucional sustitutivo de otros medios o recursos; b) Se encuentra en trámite un anterior recurso de amparo interpuesto por la recurrente contra la autoridad recurrida, con relación a su situación docente; expediente que fue solicitado y considerado en la audiencia y del que emana la SC 0235/2006 de 14 de marzo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- APROBAR