SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
I.2.1.
La recurrente ratificándose en los términos del memorial de demanda, puntualizó que en abril de 2004, fue designada como docente en la Escuela “Adolfo Mier”, ciclo intermedio, con 56 horas, y en el ciclo básico, con dos cursos para completar la carga horaria, con 16 horas, habiendo percibido con regularidad sus haberes hasta febrero de 2006, toda vez que fue destituida en el mes de marzo del indicado año; decisión que no le fue comunicada, pues conforme de acuerdo al certificado que le fue emitido, ya no figura en la planilla de marzo que ahora está a nombre de la profesora Adelaida Flores Santos, pero en otro establecimiento, puesto que dicho ítem fue transferido a la Escuela “Nuestra Señora del Socavón”; actuación arbitraria que la puso fuera de la carrera docente sin justificativo alguno.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- APROBAR