Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2007-RCA
Fecha: 09-Abr-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 006/2007 de 9 de febrero, cursante de fs. 19 a 20 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Julia Surco Quispe y Moisés Kollanqui Aruquipa contra Reynaldo Fernández Calvo, Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la posesión, de la garantía del debido proceso y de los principios de justicia, equidad, legalidad y probidad, previstos por los arts. 6.I, 7 inc. a), 16.IV y 116.X de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Fragmento 8
- en ejecución de sentencia podrán ser apeladas sólo en el efecto devolutivo
- siempre y cuando exista fundamento jurídico valedero y se esté ante un daño inminente, irremediable o irreparable
- APROBAR