AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2007-RCA

Fecha: 09-Abr-2007

Fragmento 8

En el caso objeto de examen, del memorial de demanda se advierte que los recurrentes cuestionan la legalidad del procedimiento del trámite de desapoderamiento; en ese sentido, de la revisión de actuados que informan el cuaderno procesal se advierte que conforme lo establece el art. 45.II de la LAPCAF, por memorial cursante a fs. 11 y vta. de obrados, la recurrente presentó oposición al mandamiento de desapoderamiento librado por la autoridad judicial recurrida el 5 de enero de 2007 (fs. 10), argumentando la falta de notificación con el Auto de 18 de noviembre de 2006, que dispuso la entrega del bien inmueble a la persona que logró su adjudicación y la orden de que se libre el mandamiento de desapoderamiento (fs. 1 vta.), ya que considera que dicho Auto -de 18 de noviembre de 2006- aún no se encuentra ejecutoriado; oposición que fue rechazada por la autoridad judicial recurrida mediante Auto de 26 de enero de 2007, señalando que el proceso se encontraba totalmente concluido y en la fase de ejecución conforme al art. 517 del Código de Procedimiento Civil (CPC), sin que sea cierto que existiese alguna omisión, no pudiendo admitirse ningún recurso ordinario ni extraordinario si con él se pretende impedir la ejecución de la sentencia, habiéndose ordenado se expida el mandamiento de desapoderamiento para procederse a la entrega del bien inmueble a su nuevo propietario (fs. 12).