AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2007-RCA

Fecha: 16-Abr-2007

improcedencia in limine

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de amparo, mediante Resolución 12 de 8 de febrero de 2007, cursante de fs. 84 a 86, declaró la improcedencia in limine del recurso de amparo constitucional, argumentando que la recurrente al haber presentado su recurso jerárquico ante el Presidente del Concejo Municipal de la ciudad de Santa Cruz y no ante la autoridad administrativa que resolvió el recurso de revocatoria -Alcalde-, incurrió en la causal de improcedencia reglada establecida en el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).