SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0014/2007

Fecha: 24-Abr-2007

II.5.

II.5.  El 19 de diciembre de 2006 se efectuó la audiencia de consideración y resolución de la recusación interpuesta por el recurrente contra el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, informándose sobre la inasistencia de las partes, dando lugar al pronunciamiento del Auto de la misma fecha, a través del cual la Sala Civil conformada por los Vocales recurridos, declaró desistida la demanda de recusación en conformidad con lo dispuesto por el art. 11.III de la LAPCAF, con costas reguladas conforme al art. 7 del Reglamento de Multas Procesales del Poder Judicial, equivalente a tres días de haber del Juez recusado, notificándose al recurrente el 19 de enero de 2007 (fs. 14 a 15).